El Jubilado No. 146

 

Información picuda y activa contra mentalidades chatas y pasivas, publicada por alguien que duda y se encabrona, en algún lugar de la aún Delegación de Pensionados y Jubilados del STAUS.

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Bueno, si usted cree que por ser un jubilado o pensionado no tiene derechos y que lo que recibe es por la buena onda de algún benefactor que puede ser la Universidad, el Isssteson o el propio sindicato, permítame decirle que las cosas son de otra manera.

Usted tiene derechos producto de su anterior relación de trabajo, así que su pensión jubilatoria y la posibilidad de rascarse la parte que considere propicia cuando le plazca derivan de la actividad productiva que desarrolló por 30 años o más, lo que se puede comprobar con una somera lectura de algunos documentos de fácil localización, por ejemplo la Constitución federal, la Ley 38, orgánica del Isssteson, el Contrato Colectivo de Trabajo del STAUS y el Convenio de prestación de Servicios Isssteson-Unison.

En México se reconoce y consagra el derecho a la seguridad social en el artículo 123 constitucional y, en Sonora se tiene la Ley 38 del ISSSTESON. Instituto al que está afiliada la Universidad de Sonora mediante un convenio de prestación de servicios sociales que detalla los derechos y obligaciones de ambas partes en esta materia.

De acuerdo con lo anterior, los trabajadores activos y jubilados de la Universidad gozan de las mismos derechos que cualquiera de los trabajadores afiliados al ISSSTESON, cuestión que se establece en el mencionado Convenio y en la Cláusula 141 del Contrato Colectivo de trabajo STAUS-UNISON.

De esta manera, los derechos de los pensionados y jubilados universitarios está reconocido y garantizado por la legislación vigente y, en consecuencia, hay que hacerlo valer.

En este sentido, la idea de que estamos de gorrones del Estado o de la Universidad es tan pendeja como lo es el querer buscarle pretextos a la UNISON para que no cumplan con sus obligaciones contractuales, en este caso la de gestionar ante el ISSSTESON la mejora en la calidad y cobertura tanto de los servicios de salud como la de proveer lo necesario en medicamentos, materiales de curación, equipo médico y respuesta oportuna a los problemas de salud de sus afiliados.

Por lo anterior, extraña con “ñ” que ante la situación de desabasto y lentitud de los trámites de pensión o jubilación la administración universitaria no haya sido demandada por incumplimiento de contrato. ¿Les dará hueva a los dirigentes poner en la mesa de las demandas sindicales este reclamo que se sustenta en el derecho social y laboral, y por eso no promueven acciones políticas y legales contra la representación institucional?

Así las cosas, ¿qué jodido negocio tienen los dirigentes sindicales promoviendo marchas, plantones y batucadas frente al ISSSTESON en vez de hacerlo, en primera instancia, frente al edificio principal universitario? ¿Será tabú el tocar con el pétalo del Contrato Colectivo y del Convenio con ISSSTESON a la rectoría? ¿Habrá un pacto de no mover el tapete rectoral? ¿Nos faltan …?

Queda claro que los académicos retirados son sujetos de pleno derecho y no ciudadanos o universitarios de segunda o tercera, tanto en el STAUS como en la esfera de compromisos que la administración universitaria tiene pactados con el sindicato, mediante el Contrato Colectivo de Trabajo y, ultimadamente, la seguridad social dispuesta en la Constitución.

En conclusión, no tenemos porqué sentirnos y actuar como arrimados porque nadie nos está haciendo un favor ni tenemos porqué justificar nuestro actual consumo de aire, simplemente porque nos lo ganamos. Defendamos lo nuestro.

Ultimadamente, ya basta de ninguneos y risitas pendejas. Ni un paso atrás.

 

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Comentarios

  1. El isssteson tiene convenios varios, pero el nuestro es el nuestro..correcto compañero y ya dejen de compararse con los que se jubilaron con exageradas mensuales, nuestra lucha es que cumplan lo nuestro y san se acabó...felicidades compañeros, que este 22, y por el resto de tiempo no vuelvan a saquear al isssteson.

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