El Jubilado No. 12

Información picuda y activa contra mentalidades chatas y pasivas, editada en algún lugar de la Delegación de Pensionados y Jubilados del STAUS.
Número 12 - noviembre de 2017
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Y usted, ¿ya se va a jubilar? Pregunta angustiante que muchos quisieran responder que sí, pero que papá Isssteson insiste en conservarlos como activos como forma de presión para la Universidad y, desde luego, mecanismo de terror e inducción para los sindicatos. Las preguntas surgen como acné en cara de adolescente y los administradores de la verdad tienen materia de más para pontificar acerca de los riesgos del pensamiento independiente. La rueda de la fortuna sindical está girando y los mareos y vomitonas seguramente llenarán las más enjundiosas páginas de la bitácora de los tiempos post-IV Congreso General Resolutivo.

Pero, volviendo al tema del ISSSTESON, ¿usted realmente se va a tragar eso de que, si pegamos de gritos y la emprendemos legalmente contra el Instituto, el gobierno del Estado y quien resulte responsable, reclamando la pensión completa en los términos de la Ley 38 anterior a la reforma y en apego al Contrato de Servicios vigente y a la Cláusula 141 de nuestro Contrato Colectivo de Trabajo, lo vamos a quebrar? ¿Vamos a dejar de promover la lucha legal y política porque a lo mejor el gobierno no está de acuerdo, se encabrona y se pone en el plan de impedírnoslo? Pues este “argumento” es similar al que nos endilgan en cada período de pre-huelga: no tiene caso estallar la huelga porque la universidad y el gobierno nos van a seguir diciendo que no en cada cláusula y para qué nos desgastamos. ¿Le suena familiar este rollo?

 Pues nosotros sostenemos que asiste pleno derecho a los cuasi jubilados y jubilados que entraron al servicio de la Universidad antes de la reforma de 2005 de reclamar una nivelación pensionaria en los términos de la Ley 38 y del Contrato de Servicios UNISON-ISSSTESON. Hay una simple razón: las normas jurídicas no son retroactivas, salvo en el caso que beneficien al trabajador. En todo caso, siempre es posible generar un mecanismo compensatorio vía gestión de recursos alternos.  

Aceptar o promover la modificación total o parcial del Contrato vigente supone pérdida de derechos porque cambian las condiciones pactadas. En otras palabras, implica modificar las condiciones para el disfrute de las prestaciones porque el nuevo convenio se sustentaría en otro marco legal que es la Ley reformada, lo cual está de la chinada porque nosotros mismos estaríamos aceptando que el derecho adquirido se extinga, es decir, que ya no sea exigible y ahí es donde chupamos faros.

Lo recomendable es sostener el actual contrato con ISSSTESON, emprender la lucha legal por la nivelación pensionaria y, por aquello de no te entumas, buscar fuentes de recursos que compensen la pensión deseable. En otro CGR habíamos propuesto la creación de un fondo complementario alimentado por un día de salario integrado anual por parte de los trabajadores, a descontar de la prima vacacional o del aguinaldo. La administración universitaria pudiera aportar otro tanto. Con ello se podría asegurar una mejor pensión, a reserva de seguir pugnando por un mayor subsidio por parte del gobierno.

Finalmente, debemos entender que el problema es político y que sus soluciones deben ser, por tanto, políticas. ¿Estamos dispuestos a actuar de manera consecuente, o qué?

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