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Mostrando entradas de enero, 2018

El Jubilado No. 28

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Información picuda y activa contra mentalidades chatas y pasivas, editada en algún lugar de la Delegación de Pensionados y Jubilados del STAUS. Número 28 - enero de 2017 ----- Vamos que volamos a la asamblea general del STAUS citada para el 31 de este mes en el Auditorio Emiliana de Zubeldía, donde se harán aproximaciones organizativas a la revisión salarial y al asunto del ISSSTESON. Estamos a punto de entrar a tierra de nadie y, seguramente, muchos se instalarán en esa entelequia que llaman “mundo real” para desacreditar sueños y cancelar utopías. Pero, los sueños hacen posible que la humanidad avance y cada paso que se da rumbo a lo “imposible” permite la construcción de nuevos caminos hacia la utopía. Recordemos: no era dado a los hombres el volar y, sin embargo, la tecnología nos dio alas; en este sentido, ¿quién nos puede impedir imaginar y luchar por un espacio y un tiempo en el que los trabajadores tengan acceso a los beneficios de la seguridad social sin regateos?

El Jubilado No. 27

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Información picuda y activa contra mentalidades chatas y pasivas, editada en algún lugar de la Delegación de Pensionados y Jubilados del STAUS. Número 27 - enero de 2017 ----- ¿Se acuerda de la canción de El Chorrito, que se hacía grandote y se hacía chiquito? Pues cosa parecida, salvando las diferencias de estado de la materia, pasó en el reciente Consejo General de Delegados (martes 16), en el que al inicio se vieron las sillas pletóricas de regiones glúteas correspondientes a sendos delegados y mirones presentes y, tras múltiples y, en algunos casos, redundantes intervenciones se fue haciendo menos su concurrencia. El tema central fue el del ISSSTESON. Sin cambios sustanciales a las cuestiones ya tratadas en otras modalidades de reunión, se repasaron los desencuentros entre UNISON e ISSSTESON en torno al convenio que a como de lugar éste quiere forzar la firma de aquélla. La opinión general de los delegados fue de rechazo a las perversidades anunciadas en un convenio ca

El Jubilado No. 26

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Información picuda y activa contra mentalidades chatas y pasivas, editada en algún lugar de la Delegación de Pensionados y Jubilados del STAUS. Número 26 – enero de 2017 ----- Maltrato físico y emocional… La Unison califica como mujer maltratada por marido pegón con quien une una relación sadomasoquista que se sostiene por los hijos… nada más por los hijos. Resiste gritos, amenazas, golpes y privaciones con la resignación de una madre mexicana de los años 40. El Isssteson, abusivo y culero le grita, presiona, amenaza y, desde luego, la prostituye porque tiene que conseguir fondos para pagar los vicios del energúmeno que comparte su lecho. Sus hijos le dicen que se defienda, que lo denuncie a las autoridades y que pongamos alto a esa viciosa explotación de la carne que evapora seis mil millones de pesos de fondos pensionarios con la facilidad conque un mariguano se fuma un porro, un heroinómano se inyecta, un cocain

El Jubilado No. 25

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Información picuda y activa contra mentalidades chatas y pasivas, editada en algún lugar de la Delegación de Pensionados y Jubilados del STAUS. Número 25 - enero de 2018 -----  ¡¡¡Recontrasopla!!!, ahora resulta que los trabajadores universitarios son privilegiados porque “pagan menos” al ISSSTESON, gozando de los servicios que generosa y altruistamente proporciona el Instituto. Tamaña babosada tiene un fuerte olor a emanación de cloaca mental que requiere de ser ventilada y fumigada al grito de ya. La realidad es que los universitarios pagan lo que deben pagar, ni más ni menos, en los términos del marco jurídico que los protege y obliga. Déjeme le explico (diría el chilango): La Ley 38 anterior a la reforma recaudatoria que hizo el gobierno de Eduardo Bours establece cuotas y condiciones para el acceso a las pensiones y jubilaciones, cuyo monto está expresado en términos porcentuales y a los cuales la Universidad de Sonora ha   dado cumplimiento. En tal sentido, la

El Jubilado No. 24

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Información picuda y activa contra mentalidades chatas y pasivas, editada en algún lugar de la Delegación de Pensionados y Jubilados del STAUS. Número 24 - enero de 2018 ----- ¿Pero a qué &%$$#”&%$ estamos jugando?  El señor Claussen, que actualmente cobra como director general del ISSSTESON (organismo descentralizado otrora encargado de proporcionar servicios de seguridad social a los trabajadores del Estado y organismos afiliados, y ahora dedicado a financiar campañas políticas y riquezas privadas), un día amanece con ganas de paniquear a los organismos que, como la Unison, tienen firmado un contrato de prestación de servicios y, de volada, lanza una amenaza terrible: “les vamos a suspender los servicios si no me firman en un plazo perentorio e improrrogable el convenio que les estamos imponiendo, para que paguen más por lo mismo (o menos) y nos llenen la bolsa con dinero que nos encargaremos de dilapidar en

El Jubilado No. 23

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Información picuda y activa contra mentalidades chatas y pasivas, editada en algún lugar de la Delegación de Pensionados y Jubilados del STAUS. Número 23 - enero de 2018 ----- ¡¡¡NO MAMENACES, NO MAMENACES!!! El inefable señor director de ISSSTESON, Enrique Claussen Iberri, a través del jefe de la unidad jurídica del propio instituto, envió, con fecha 19 de diciembre, un ultimátum-amenaza al rector de la Universidad, anunciándole la terminación del contrato vigente que se tiene con el Instituto, poniendo como fecha límite para la firma de un nuevo convenio, haiga sido como haiga sido (Calderón dixit), el 25 del presente mes de enero.     En consideración a la gravedad de la amenaza y sus implicaciones, la dirigencia del STAUS y el STEUS citaron a conferencia de prensa donde se dio lectura al obsceno mamotreto y se hizo el pronunciamiento de uno y otro sindicato al respecto. Por fortuna, se reivindicaron los acuerdo

El Jubilado No. 22

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Información picuda y activa contra mentalidades chatas y pasivas, editada en algún lugar de la Delegación de Pensionados y Jubilados del STAUS. Número 22 - enero de 2018 -----  “Artículo 14 Constitucional. – A ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna”. Por tanto, queda claro que la aplicación de una norma en forma retroactiva sólo puede ser posible cuando obre en beneficio de la persona.  A pesar de que es clarísimo el artículo 14 Constitucional en su primer párrafo, que consagra el principio de irretroactividad de la ley, algunos animalitos del monte con ciertas capas de ilustración mediadas por colgajos académicos debidamente acreditados en el programa de tortibecas e, incluso, en los vericuetos simulatorios del SNI, le pueden replicar a usted afirmando que “la Suprema Corte ya dijo que sí aplica la retroactividad de la ley…”, en una extraña y oscura generalización que actúa como forma de