El Jubilado No. 88
Información picuda y activa contra mentalidades chatas y pasivas, publicada por alguien que ya mero sale de su asombro, en algún lugar de la aún Delegación de Pensionados y Jubilados del STAUS. ----- Pues nada, que en el pasado CGD (lunes 29 de abril) se nos explicó con tono didáctico y ad nauseam el milagro del crédito y la riesgosa ociosidad del dinero (del fondo de pensiones dispuesto en la Cláusula 160 del CCT) que no se usa para préstamos. Déjeme y le digo: resulta que si se toma una parte del fondo para fines de préstamo a los académicos para compra de vivienda, el fondo no se mueve ni la parte tomada hace que disminuya el resto y ni siquiera sale del fondo, porque sigue siendo “para el pago de la pensión complementaria”. Es decir, tomamos una parte y resulta que no la tomamos, porque la parte que tomamos sigue ahí. ¿Usted le entendió? ¿No? Si la respuesta es NO, quiere decir que es tonto de capirote, ya que, aunque está clarísimo que el objeto del fondo es otorgar la p