Información picuda y activa contra
mentalidades chatas y pasivas, publicada con discreta expectativa desde algún
lugar de la aún Delegación de Pensionados y Jubilados del STAUS.
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Seguramente el
siempre bien informado y participativo lector conoce el texto del
pronunciamiento que nuestro sindicato ha lanzado Urbe et Orbi el día 5 del
presente mes. Nosotros no podemos menos que estar de acuerdo en todo los
puntos, sobre todo en el relativo a la propuesta de convenio modificatorio entre
la UNISON y el ISSSTESON, el cual se rechaza “por contener elementos nocivos a
los derechos de los trabajadores universitarios”. Ahora se espera una buena dosis
de coherencia para sostener el punto y emprender una sólida campaña que concientice
a los sindicalistas de que su firma es poner la soga al cuello tanto de la
institución como de los derechohabientes de ésta y futuras generaciones de universitarios.

A estas alturas es
indefendible la posición (culmen del determinismo burocrático) que sostiene que
porque ya se decidió en el plebiscito pagar más, ahora debemos aceptar
cualquier condición que nos lleve a este “objetivo”, bajo el supuesto de
obtener una jubilación al 100 por ciento del salario, lo cual es una broma
estudiantil, si nos atenemos a la triste realidad que plantea el texto actual
de la ley 38, que le regatea la pensión al trabajador y le apuesta a la cantidad
“que sea menos” (artículo 68). Entendámoslo: para rascarle a las proximidades
del 100 por ciento es imprescindible seguir contando con la despensa y la pensión
complementaria del fondo mixto, por lo que la lógica sugiere que la lucha deber
ser por aumentar el monto de dichos conceptos, además de hacer extensivos a los
sindicalizados jubilados y pensionados los beneficios contenidos en el CCT.
Al respecto, cabe resaltar el trivial
criterio neoliberal de las autoridades administrativas de la UNISON, que consideran
una piedra en el zapato la existencia de los académicos retirados a quienes no terminan
de reconocer su calidad de universitarios al negar su inclusión en el beneficio
de la cláusula 164 y los descuentos de las cláusulas 166 y 170 a pesar de que encontramos
evidencias de tal realidad en el propio Contrato Colectivo de Trabajo, como
consta en las cláusulas 147, 160 y 160 Bis., 162, 170 (último párrafo) y 173.
¿Será capaz la comisión negociadora del STAUS de mantener una posición firme al
respecto, al menos en lo concerniente a los muy justos y defendibles descuentos?
¿Se honrará el espíritu y la letra del Estatuto que incluye a los pensionados y
jubilados como miembros de pleno derecho? ¿Acaso nos mandarán a la chinada una
vez más? ¿…?

El día 20 pasado
estuvimos junto con nuestros colegas activos en la entrega del emplazamiento,
pudiendo notar un cambio respecto a otros eventos similares: hubo gente.
Ciertamente nos acompañaron miembros del hermano STEUS, pero eso no obsta para
que conste. Los ánimos primaverales anticipan una actitud que puede ser la
piedra de toque para los cambios que la institución necesita y que el
sindicalismo exige. La moneda, como en los otros casos, está en el aire,
girando como cualquier otra. Llegado el momento ¿estallaremos una prórroga, una
huelga o solamente un catálogo de buenos deseos y mejores intenciones? La
emoción nos embarga precautoriamente, en medio de una nube de hojas doble carta
con consignas sindicales que demuestran claramente nuestra combativa ortografía
y mejor sintaxis, enarboladas en el mero Edificio Principal del Alma Mater,
para gloria de la organización y vergüenza de los zacatones.
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