El Jubilado No. 138

 

Información picuda y activa contra mentalidades chatas y pasivas, publicada por alguien que mira por el retrovisor en algún lugar de la aún Delegación de Pensionados y Jubilados del STAUS.

-----

 

Ya ve usted cómo son las cosas. Resulta que no hubo huelga porque estamos en pandemia, supongo que el razonamiento da pie a que se justifique la no-huelga del año pasado, del antepasado y así sucesivamente, porque quizá las dirigencias sindicales y algunos avezados compañeros ya se las olían, ya veían venir desde aquellas fechas la presencia del virus y, como se sabe, vale más prevenir que lamentar.


No podemos dejar de admirar, también, la fina cortesía del rector, no exenta de humor involuntario, al considerar un acto de madurez sindical no haberse ido a la huelga que ahora los dirigentes gremiales lamentan no haber podido realizar por las razones que ya sabemos.

Por otra parte, ¿qué clase de huelga se estaba preparando si el mismo local sindical está fuera de servicio y no hay actividades presenciales en la Universidad? ¿La docencia, la investigación y demás deben ser virtuales, pero la huelga se pensó presencial? ¿De qué se trata esto? ¿Se preparó, en serio, la suspensión de labores considerando las medidas sanitarias del caso? Misterios de una profundidad insondable… Qué mello.

Pero, paremos el carro un momento y veamos lo siguiente: ¿se puede hacer de chicle la finalidad exclusiva del fondo de pensiones, señalada en la cláusula 160 del Contrato Colectivo de Trabajo?

¿Por qué la Administración universitaria incluye en sus ofertas la disposición "parcial" de los fondos?:

 “Asimismo, la Universidad se compromete a seguir realizando, en conjunto con el STAUS, las gestiones requeridas para que se ofrezcan créditos de bajo interés para la compra, construcción, ampliación y remodelación de vivienda, refinanciamiento de créditos hipotecarios, así como realizar el análisis de viabilidad para que puedan usarse en forma parcial en los aspectos mencionados, y sin afectar el objetivo para el que fueron creados, los fondos complementario de pensiones y jubilaciones y de incentivo a la jubilación de los académicos.” (Oficio R-146-2021, página 3. Las negritas son nuestras).

¿Con qué animo se compromete el destino de estos fondos? ¿Qué consideración se tiene por los posibles afectados, que son los académicos retirados y los activos que están en vías de estarlo? ¿Por qué el sindicato propone y/o acepta semejante absurdo?

La amenaza de huelga resultó una llamarada de petate, una claudicación más… pero por motivos de pandemia, claro. Lo bueno del asunto es que se nos dice que la lucha sigue, que no quitaremos el dedo del renglón, que estamos puestos en la defensa de los derechos de los académicos, consagrados el la Ley Federal del Trabajo y el Contrato Colectivo de Trabajo. ¡Viva el STAUS rebelde! ¡Patria o muerte! ¡Venceremos!

Quedamos convencidos de que a la administración universitaria le quedó claro, una vez más, que no se debe meter con el avispero sindical, porque si lo hace ¡no se la va a acabar!

 -----oOo-----

 

 

Comentarios

Entradas populares de este blog

El Jubilado No. 86

El Jubilado No. 94

El Jubilado No. 91